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20 septiembre, 2021

Busca el SAT castigar a ‘justos por pecadores’

Esto quiere decir que un grupo de personas que son justas, es decir, que han hecho las cosas bien, pagan las consecuencias de las malas acciones de otras personas.

 

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) “castigará a justos por pecadores”, pues busca restringir a partir del 2022 la posibilidad de emitir facturas a las empresas, cancelándoles los sellos digitales, cuando alguno de sus socios o accionistas participe en otros negocios a los que considere infractores.

 

Pedro Raúl Lara García, socio director de la firma jurídica PRL & Asociados, advirtió que de llegar a aprobarse la reforma a la fracción XI del Artículo 17-Bis del Código Fiscal de la Federación, paralizaría al negocio no infractor al dejarlo impedido de emitir facturas a sus clientes.

 

“Los socios o accionistas a los que hace referencia esta nueva causal deben de ser controladores efectivos de las empresas involucradas y aunque eso pareciera una condición razonable, no lo es porque la definición de socio controlador es muy amplia”, expuso.

 

Añadió que la propuesta para sancionar a todas las empresas en las que participe un socio o accionista de una empresa infractora sería, además de injusta, violatoria de la Constitución.

 

“Transferir la responsabilidad a una tercera empresa que nada tiene que ver con las infracciones cometidas por otra donde participa uno de sus socios accionistas equivale a imponerle a aquella una pena trascendental expresamente prohibida por el Artículo 22 de la Constitución federal”, señaló.

 

Entre las infracciones previstas para cancelar los sellos digitales, indispensables para emitir facturas, se encuentran la de que el contribuyente no esté localizable para la autoridad fiscal y la omisión de hacer la declaración anual después de un mes de estar obligado.

 

La nueva disposición también afectaría a todos los negocios en los que participe un contribuyente en una empresa que haya sido listada por el SAT como que factura operaciones simuladas.

 

La cancelación de sellos digitales también se extendería a todos los negocios en los que participe un contribuyente que tenga créditos fiscales firmes exigibles, pero no garantizados; que se le haya condenado por un delito fiscal, o que tenga créditos fiscales cancelados por ser incobrables.

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