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14 diciembre, 2023

ASÍ SANCIONAN A PATRONES QUE NO PAGUEN AGUINALDO.

ASÍ SANCIONAN A PATRONES QUE NO PAGUEN AGUINALDO.

Los empleadores no pueden pagar a los empleados antes del 20 de diciembre. El Código Federal del Trabajo (LFT) no sólo otorga a los empleados estos derechos, sino que también impone severas sanciones económicas a las empresas que no los cumplan.

Según el artículo 87, todo trabajador tiene derecho a una bonificación anual equivalente a 15 días de salario. Este derecho se otorga a todos los trabajadores, incluidos los trabajadores generales, los trabajadores auxiliares, los trabajadores auxiliares, los trabajadores eventuales, etc., y bajo la dirección de la LFT.

La LFT impone multas de 50 a 500 veces la Unidad de Medida y Reforma (UMA) a los empleadores que no paguen los fondos a tiempo. Esto podría significar sanciones económicas de 4.480 a 44.800 pesos, creando un desincentivo al cumplimiento.

El trabajador que no recibió bonificación tiene un año para presentar una reclamación ante autoridad competente, como la Comisión Federal de Arbitraje y Arbitraje, el Tribunal de Distrito o del Trabajo, el Registro de Colocación y Trabajo. Además, la Procuraduría General del Trabajo (Profedet) brindará asesoría y asistencia a los empleados afectados.

Las sanciones impuestas por la LFT reflejan la seriedad con la que México asume sus obligaciones. El desembolso oportuno de fondos no sólo beneficia a los empleados, sino que también promueve la equidad y la justicia en el lugar de trabajo.

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