Sí, se debe timbrar la nómina del aguinaldo, ya que es una obligación fiscal para el empleador. Este pago se debe emitir en un CFDI de nómina, el cual puede ser un recibo extraordinario o incluirse junto a los conceptos de la nómina ordinaria, dependiendo del sistema que se utilice. Es fundamental hacerlo correctamente para asegurar la deducibilidad del gasto y cumplir con la ley.
Consideraciones importantes:
Es una obligación legal del patrón pagar el aguinaldo y emitir el CFDI de nómina para cumplir con el SAT y evitar multas. Las multas por no pagar el aguinaldo en México van desde 50 hasta 5,000 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA), lo que puede sumar hasta aproximadamente
pesos en 2024. Estas sanciones se basan en el artículo 1002 de la Ley Federal del Trabajo y su monto exacto dependerá de la gravedad de la falta, pudiendo ser impuestas por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.
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