Quienes laboren el 16 de septiembre, día de descanso obligatorio por la conmemoración del inicio de la Independencia de México deben recibir un pago distinto al de cualquier jornada común. La Ley Federal del Trabajo (LFT) fija con claridad cuánto corresponde y bajo qué condiciones.
Jornadas máximas permitidas:
Primero, solicita la aclaración con tu empleador o con el área de recursos humanos. Si no hay respuesta favorable, la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) brinda asesoría gratuita, acompaña en la conciliación ante el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (CFCRL) y, de ser necesario, representa en juicio sin costo.
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