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3 agosto, 2022

POLÍTICAS PARA EL HOME OFFICE O TELETRABAJO.

POLÍTICAS PARA EL HOME OFFICE O TELETRABAJO.

El 15 de julio, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) publicó el proyecto de Normas Oficiales Mexicanas (NOM) para el trabajo a distancia. El presente es el documento titulado “PROY-NOM-037-STPS-2022, Comunicaciones – Condiciones de Seguridad y Salud en el Trabajo”.

 

Según un artículo publicado por Fiscalia, el proyecto señala que los empresarios deben establecer una política de teletrabajo, también conocido como teletrabajo. Concepto de trabajo remoto

 

En el proyecto NOM-037, una política de teletrabajo se define como “un conjunto de reglas y lineamientos sobre cómo los trabajadores remotos pueden realizar sus actividades remotas de manera segura y saludable”. Fuerte, para evitar prácticas peligrosas y/o condiciones peligrosas, y prevenir riesgos para la salud y accidentes en el teletrabajo como consecuencia de la exposición a factores físicos, químicos, biológicos o mecánicos, estudios o factores de riesgo psicológicos, sociales y prácticos.

 

El artículo señala que el proyecto de NOM-037, N° 5.2, indica que la creación de una política de teletrabajo es una obligación del empleador. En este sentido, debe ser creado por escrito, mantenido y difundido en el lugar de trabajo y a quienes trabajan a distancia.

El mismo numeral señala que la política de teletrabajo deberá considerar lo siguiente:

  1. Promover la cultura de la prevención de riesgos de trabajo a través de la seguridad y salud en el trabajo en personas teletrabajadoras;
  2. Instaurar mecanismos de participación en el centro de trabajo a fin de evitar el aislamiento social del trabajador, incluyendo a través de reuniones presenciales o por medio de las TIC;
  3. Indicar los mecanismos y reglas de contacto y supervisión para el teletrabajo, incluyendo los sistemas operativos, medios de contacto o cualquier tecnología que serán utilizados para tales fines, siempre que se garantice el derecho a la intimidad de las personas; y que dichos mecanismos o reglas no interfieran en la relación trabajo-familia, y sean proporcionales a su objetivo;
  4. Establecer la duración del horario de labores o la distribución de los horarios de las jornadas de trabajo, siempre que no excedan los máximos legales, incluyendo el derecho a las pausas para descanso y a la desconexión al término de la jornada laboral;
  5. Señalar que los derechos contenidos en las condiciones generales de trabajo de las personas teletrabajadoras deben ser iguales a los que realicen trabajo presencial en el centro de trabajo;
  6. Promover la perspectiva de género y permita conciliar la vida personal, y la disponibilidad de las personas teletrabajadoras;
  7. Asegurar el trabajo digno y decente con igualdad de trato, en cuanto a remuneración, capacitación, formación, seguridad social e igualdad de oportunidades;
  8. Indicar la importancia de la promoción y vigilancia de la salud de la población teletrabajadora;
  9. Establecer las mecánicas para informar al patrón los cambios de domicilio y traslados temporales;
  10. Definir de manera precisa las responsabilidades y obligaciones para los patrones y los trabajadores que desempeñen sus actividades en la modalidad de teletrabajo, incluyendo las establecidas en el artículo 330-B de la Ley Federal del Trabajo, y
  11. Establecer los mecanismos para aplicar, en su caso, la reversibilidad del teletrabajo sin afectar los intereses de ambas partes.
  12. Recomendaciones de la NOM para redactar políticas
  13. La NOM 037 también señala que para redactar una política de teletrabajo en el centro de trabajo es recomendable tomar en consideración lo siguiente:
  14. Establecer las horas en que las personas teletrabajadoras deben estar disponibles a través de las Tecnologías de la Información y Comunicación.
  15. Especificar claramente a qué hora deben comenzar y terminar la jornada laboral las persona teletrabajadoras.
  16. En su caso, si el patrón acuerda con sus trabajadores que se adoptarán horarios flexibles (por ejemplo, horarios escalonados durante el día para cumplir con la jornada laboral,) describir los procedimientos para informar sobre las horas de trabajo y las tareas realizadas previamente programadas.
  17. Describir la manera de calificar la calidad del trabajo de las personas teletrabajadoras y los procesos de revisión que se instrumentarán para garantizar mismas condiciones y cargas de trabajo, sin importar el género de la persona teletrabajadora.
  18. Contemplar condiciones o eventualidades, para que los Teletrabjadores sepan qué hacer si tienen problemas con su WiFi, su ordenador o las herramientas de software., por ejemplo.
  19. Solicitar opinión a las personas teletrabajadoras sobre el contenido de la política de teletrabajo, ya que pueden perderse matices importantes de determinados puestos que deben cubrirse.
  20. Difundir en el centro de trabajo la política de teletrabajo, y revisarla al menos cada trimestre, o cuando ocurran sucesos importantes dentro o fuera del centro de trabajo, para asegurar que sigue siendo vigente.
  21. Proporcionar directrices de protección de datos y enlaces a todas las herramientas de seguridad de los dispositivos que puedan necesitar las personas teletrabajadoras.
  22. Elaborar un listado detallado de los gastos que asumirá el centro de trabajo para gastos imprevistos por las personas teletrabajadoras es (consumo de energía eléctrica y gastos para la Tecnología de la Información y Telecomunicaciones).
  23. Informar a las personas teletrabajadoras sobre cómo pueden utilizar, en su caso, los días de baja por enfermedad y las vacaciones mientras teletrabajan.

 

El artículo de Fiscalía señala que al enfatizar que estas recomendaciones son solo recomendaciones, la directiva indica que la autoridad empresarial no puede definir a la NOM como una infracción “cuando el procedimiento, condición o recomendación se infrinja como ‘no cumplida o adoptada en la presente’”.

Adicionalmente, la NOM-037 establece como ejemplos de política de separación de comunicaciones lo siguiente:

En este lugar de destino (indicar el nombre de la empresa) para el trabajo a distancia se asumen los siguientes compromisos:

  • Es obligación de todos los trabajadores que realicen Teletrabajo, y de los que tengan relación directa con los objetivos y resultados de éstos, aplicar la presente Política y predicar con el ejemplo para su cumplimiento.
  • Los derechos contenidos en las condiciones generales de trabajo de las personas teletrabajadoras son iguales a los que realicen trabajo presencial en el centro de trabajo;
  • Los trabajadores con más del 40 por ciento del tiempo de su jornada laboral en casa o en el domicilio elegido por el trabajador, son candidatos para desempeñar el Teletrabajo. No será considerado teletrabajo aquel que se realice de forma ocasional o esporádica;
  • Se proporciona a las personas teletrabajadoras, los insumos necesarios para desarrollar sus actividades en el lugar que determinen éstos con el patrón, y se lleva un registro y control de ellos, por ejemplo: el equipo de cómputo, sillas ergonómicas, impresoras, mecanismos de seguridad informática y las formas de pago del consumo de energía eléctrica y de comunicaciones (internet), como herramienta de trabajo y no como prestación;
  • Se realizan acciones de sensibilización, programas de información y capacitación;
  • Se divulgan de forma eficaz las políticas de Teletrabajo y las condiciones de seguridad que previenen riesgos de trabajo;
  • Se respeta el derecho a la desconexión de las personas teletrabajadoras al término de la jornada laboral;
  • Se establecen las condiciones para el retorno de los trabajadores al trabajo presencial en el centro de trabajo y dejen de considerarse personas teletrabajadoras. En todo caso, cuando se dé un cambio a la modalidad de teletrabajo, el derecho de reversibilidad a la modalidad presencial está contemplada.
  • Todos los trabajadores participan para establecer y poner en práctica esta política en el centro de trabajo.

Elcontribuyente.mx

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