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9 diciembre, 2021

SAT lanza la versión 4.0 del CFDI

la autoridad fiscal indicó que la nueva versión del CFDI entrará en vigor el 1 de enero de 2022.

 

El artículo indica que de acuerdo con información del SAT, el esquema de la factura electrónica se robustecerá, para fortalecer las herramientas tecnológicas y “simplificar el cumplimiento” de las normas tributarias.

 

Por fin después de una larga espera el SAT da a conocer a través de su portal de Internet los lineamientos técnicos de la nueva versión del CFDI.

 

Dichos cambios conllevarán a los cambios siguiente:

  • existirá una nueva versión del CFDI (versión 4.0.)
  • se incluirá de manera obligatoria el nombre y domicilio fiscal del emisor y del receptor
  • se agregarán campos para identificar las operaciones donde exista una exportación de mercancías
  • se identificará si las operaciones que ampara el comprobante son objeto de impuestos indirectos
  • se incorporan nuevos apartados para reportar información respecto de las operaciones con el público en general; así como, aquellas que se realicen a cuenta de terceras personas
  • existirá una nueva versión del complemento de pagos (versión 2.0), en la cual se incluyen nuevos campos para identificar si los pagos de las operaciones que ampara el comprobante son objeto de impuestos, además se agrega un nuevo apartado con el resumen de los importes totales de los pagos realizados expresados en moneda nacional, así como los impuestos que se trasladan
  • habrá una nueva versión del CFDI de retenciones e información de pagos (versión 2.0), la cual incluirá de manera obligatoria el nombre y domicilio fiscal del emisor y del receptor y permitirá relacionar otros CFDI

 

De acuerdo con la página del SAT la vigencia de esta nueva versión será a partir del 1 de enero de 2022, existiendo un periodo de convivencia entre la versión 3.3 y la versión 4.0 que comprende del 1 de enero al 30 de abril de 2022.

 

Entre las preguntas y respuestas que da a conocer el SAT en su portal relacionadas con esta versión, destaca: ¿Si se podrán emitir facturas, aunque no se conozca el régimen fiscal del cliente? Al respeto la autoridad responde que únicamente se podrá emitir la factura electrónica si el receptor proporciona su régimen fiscal, ya que dicha información es obligatoria.

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